Condenan a prisión perpetua a la enfermera Brenda Agüero por muerte de bebés en Hospital Neonatal

Por mayoría, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 7° Nominación de la ciudad de Córdoba, integrada con jurados populares, condenó con pena de prisión perpetua a la enfermera Brenda Agüero. Fue considerada autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado, cinco hechos; y tentativa de homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado, ocho hechos. 

La sentencia, en cambio, absolvió -por mayoría- al exministro de Salud de la Provincia, Diego Cardozo, quien había sido acusado por los delitos de encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautor. 

Asimismo, el tribunal condenó -por mayoría- a la exdirectora del Hospital Materno Neonatal, Liliana Asís, por el delito de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho y por la calidad de funcionario público, en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia, doblemente calificado por la gravedad del hecho y por la calidad de funcionario público. En consecuencia, se le impuso para su tratamiento penitenciario una pena de cinco años y cuatro meses de prisión. 

A continuación, se transcriben las absoluciones y condenas. El veredicto completo puede consultarse en el enlace “archivos adjuntos” al pie de la nota.

– Absolver, por unanimidad, a Alicia Beatriz Ariza del hecho calificado legalmente como de omisión de deberes de funcionario público.

– Absolver, por unanimidad, a María Alejandra Luján del hecho calificado legalmente como omisión de deberes de funcionario público en concurso real con falsedad ideológica.

– Absolver, por unanimidad, a Claudia Elizabeth Ringelheim del hecho calificado legalmente como omisión de deberes de funcionario público.

– Absolver, por unanimidad, a Alejandro Gabriel Gauto del hecho calificado legalmente como encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.

– Absolver, por mayoría, a Diego Hernán Cardozo del hecho calificado legalmente como como encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautor. 

– Condenar, por mayoría, a Brenda Cecilia Agüero como autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado; y homicidio calificado por procedimiento insidioso en grado de tentativa, reiterado; imponiéndole la pena de prisión perpetua.  

– Condenar, por mayoría, a Elizabeth Liliana Asís como coautora penalmente responsable de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público.

– Condenar, por mayoría, a Martha Elena Gómez Flores como autora penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica, en concurso real con encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, concursado este último idealmente con falsedad ideológica, en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautora; imponiéndole, por mayoría, la pena de cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público, accesorias de ley y el pago de las costas procesales.     

– Condenar, por mayoría, a Adriana Luisa Moralez como coautora penalmente responsable de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público.     

– Condenar, por mayoría, a Julio Alejandro Tomás Escudero Salama como coautor penalmente responsable de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de  cinco años de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público.     

– Condenar, por mayoría, a Pablo Miguel Carvajal como coautor penalmente responsable  de los delitos de encubrimiento por favorecimiento real, doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público, en calidad de coautor, en concurso material con encubrimiento por omisión de denuncia doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público; imponiéndole, por mayoría, la pena de cuatro años de prisión y tres años y seis meses de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público. 

 

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