Tratamiento legislativo exprés para ajustar a las jubilaciones más altas en Córdoba

Con un tratamiento legislativo exprés, la Legislatura de Córdoba aprobó ayer un proyecto de ley de modificación del régimen de jubilaciones y pensiones de Córdoba.

El proyecto fue aprobado con el voto de la mayoría automática del oficialismo y con el rechazo de las pocas bancadas opositoras.

El argumento del oficialismo gobernante es que “es un proyecto de ley para fortalecer la solidaridad y sostenibilidad de la Caja de Jubilaciones”.

“El objetivo es que con las medidas contempladas en el proyecto de ley, el rojo previsional se reduzca en unos $6.500 millones”, explica el comunicado oficial.

La aprobación del proyecto significa un alivio económico para la gestión de Juan Schiaretti, y para el tesoro provincial, al reducir las erogaciones que debe hacer todos los meses para cubrir el déficit y una pésima noticia para los jubilados con los haberes más altos del organismo.

“Como se sabe, el déficit estructural estimado para este año ronda los $35.500 millones de pesos”, se agrega. La Nación, en el marco de la actual crisis, cubriría menos de un tercio de ese desequilibrio. Los mayores aportes y contribuciones que se aplican en Córdoba a los activos generan unos $14.700 millones. Es decir que, con los ingresos previstos, solo se podría cubrir el 88% de las erogaciones”, es la excusa.

La oposición política cuestionó el “trámite exprés” de reforma previsional impulsado “entre gallos y medianoche” aprovechando la cuarentena sanitaria, y responsabilizó al oficialismo gobernante por el “quiebre financiero” de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiro de Córdoba.

Los gremios cordobeses nucleados en la CGT local como los bancarios, luz y fuerza y municipales, cuestionaron “el ajuste” porque alcanza a sus jubilados del escalafón de haberes más altos.

Los que más pierden con esta reforma son los que cobran jubilaciones superiores a los 68 mil pesos mensuales, los que perciben dos haberes y superen los 102 mil pesos mensuales, y los que se jubilarán a futuro porque se cambia la forma de cálculo del haber inicial. A docentes y estatales no se les recortará las jubilaciones, pero recibirán los aumentos de los activos recién dos meses después.

Los cambios (según el comunicado oficial)

Nuevos jubilados y pensionados

-Cambia en el haber inicial: se armoniza con la Nación el periodo que se toma de base para calcular el haber inicial, extendiendo de 48 a 120 las remuneraciones actualizadas consideradas a tal fin.

-Porcentaje de pensión: Se fija el monto de la pensión como el equivalente al 70% de la jubilación del causante, en lugar del 75% actual, en línea con la normativa nacional.

Para los Jubilados y pensionados actuales y futuros

82% del sueldo neto. Se establece que todas las jubilaciones se calcularán como el 82% del sueldo neto del aporte personal. Esto no impacta sobre el 85% de los beneficiarios a quienes ya se les viene aplicando esta regla, y para los restantes, que son los de más altos ingresos (superiores a $ 68.000), la medida se implementará gradualmente de modo de no afectar los haberes percibidos en el mes de abril por los actuales jubilados y pensionados. Es decir, nadie cobrará menos de lo que cobró en abril.

Movilidad. Para dar consistencia financiera al sistema previsional se dispone que los aumentos que perciben los activos se trasladen a los pasivos al mes siguiente al que la Caja percibe el ingreso efectivo de los aportes y contribuciones correspondientes a esa suba de salarios. En la práctica, los aumentos impactarán en los haberes de los pasivos a los 60 días de efectuado el aumento a los activos.

Límite a la compatibilidad de beneficios. Se modifica el régimen de compatibilidad de beneficios, estableciéndose un aporte solidario para quienes sean titulares de más de un beneficio previsional o bien perciban otro ingreso remunerado. Ante esta situación especial se regula un aporte solidario del veinte por ciento (20%), destinado a fortalecer la sostenibilidad de la Caja y que se aplicará, siempre que la sumatoria de ambos ingresos sea mayor al equivalente a seis haberes previsionales mínimos ($102.000)

Edad jubilatoria: Se iguala el régimen de Magistrados con el previsto a nivel nacional, elevándose la edad jubilatoria de los jueces de 60 a 65 años.

Extensión de pensiones: Se extiende el plazo de cobertura de la pensión de las y los hijas e hijos que estudien, hasta la edad de 23 años (con la actual legislación el beneficio se suspende cuando el hijo cumple 18 años).

Aumento de haberes: Se dispone el aumento de la jubilación mínima a $ 17.000 y se garantiza que ningún jubilado cordobés que tenga un solo ingreso cobre menos de $25 mil.

 

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