El costo de morirse en Córdoba Capital

Dos mil para ser inhumado, cinco mil para ser trasladado, once mil para ser cremado; con los nuevos valores de la Contribución sobre los cementerios que surge de la Tarifaria Anual recién aprobada, no se puede descansar en paz.

Hace unos días, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba aprobó la Ordenanza Tarifaria Anual 12992 cuya actualización impulsara el intendente Martín Llaryora.

La Ordenanza reveló que los cordobeses sufriremos un 50% de aumento en el Inmobiliario Urbano en el 2020. Pero a esto hay que sumarle todos los derechos, tasas y aranceles que los vecinos deberán pagar, no solo por vivir en la ciudad, sino también por morirse en ella.

Salvo por el derecho a respirar, la sensación que deja la lectura de las 156 páginas de la nueva Tarifaria municipal, es que se paga por todo.

Se paga, en vida, y también después de muerto, porque el apetito impositivo estatal es voraz y a alguien hay que cobrarle los derechos por la administración de tus restos cadavéricos. A menos que optes por la cremación, pero con los nuevos valores, lo pensarás dos veces.

Lo que detallaremos a continuación está contenido dentro del Título VIII de la Ordenanza referido a la “Contribución que incide sobre los cementerios” (artículo 65 al 84) Los cementerios municipales San Jerónimo, Del Salvador y San Vicente.

¿Me cremo o no me cremo?

Para inhumar restos en el cementerio San jerónimo y Del Salvador, hay que pagar 2.129 pesos por nichos, fosas o urnarios municipales. Y 3.962 pesos por panteones familiares o privados.  POr el mismo trabajo en el Cementerio San Vicente, debe pagarse 1.382 y 3.469 pesos, respectivamente, según el artículo 70 de la Tarifaria.

En caso de optar por el servicio de cremación, para no seguir pagando de por vida y llevarnos la urna con las cenizas a casa, habrá que pensarlo dos veces. Con la nueva Tarifaria, el costo del servicio es de 11.280 pesos (artículo 73) Y si queremos las cenizas en sepulcros o cinerarios, debe tributarse 1.755 pesos más.

Por abrir y cerrar

En caso de aparecer una dificultad que obligue a tener que abrir un nicho hay que pagar 468 pesos, y para cerrarlo, 627 pesos más. Si además hay que llevar a cabo un cambio de caja metálica, 2.679 pesos para la cajita municipal.

¿Y si lo llevo a mano?

El artículo 76 trata sobre el derecho de traslado de los restos que cobrará la Municipalidad este año. Si es dentro del mismo cementerio, e incluye apertura y cierre, debe tributarse 3.539 pesos. De un cementerio a otro (incluye apertura y cierre), si es en vehículo municipal 5.076 pesos, y en otro vehículo 3.412 pesos.

De un cementerio a otro para su cremación, sin incluir el costo de esta última, hay que pagar 2.115 pesos. Los traslados dentro de cofradías, panteones, etc; es lo único sin cargo.

Arrendamientos post mortem

Por derecho de depósito de cadáveres cuando no sea motivado por falta de lugares disponibles para su inhumación en los tres cementerios locales, se abonará por cada cinco días o fracción 924 pesos, según la Tarifaria.

Por arrendamiento anual de nichos por hasta un máximo de 15 años (artículos 79 y 80) los derechos a pagar van desde 1.190 pesos, en los casos de nichos sin galerías, hasta 2.700 pesos para panteones, en el cementerio San Jerónimo; en el San Vicente los valores son más baratos.

La Ordenanza también fijó los mínimos anuales a pagar por Panteón, Baldío para Panteón, Fosa o Baldío para Fosa, con valores que oscilan entre los 2100 pesos hasta más de 5 mil pesos, con la posibilidad de pagarlo en cuatro cuotas trimestrales.

El aumento de la contribución que incide sobre los cementerios, año a año, contrasta con las denuncias y cuestionamientos de los contribuyentes por el estado “deplorable” de los cementerios públicos.

Foto archivo Google del cementerio San Jerónimo.

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