La Corte Suprema ratificó las clases presenciales de Larreta y Alberto Fernández acusó recibo

(Con información  de medios porteños) La Corte Suprema de Justicia falló a favor de las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires y saldó una disputa política entre el presidente Alberto Fernández y el jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, a partir de la decisión de la Casa Rosada de suspender las clases presenciales en el Área Metropolitana como una medida para restringir la circulación de personas en medio de la segunda ola de coronavirus..

No obstante, el presidente Fernández acusó recibo mostrándose molesto con la decisión de los cortesanos en un acto realizado en la provincia de Buenos Aires.

Yo voy a seguir cuidando la salud de los argentinos por más que escriban muchas hojas en sentencias”, dijo Alberto Fernández tras el fallo de la Corte por la Educación y agregó: “Yo que soy un hombre de Estado de Derecho, lo reivindico y respeto las sentencias judiciales. No saben lo que me apena ver la decrepitud del derecho, convertido en sentencia”.

Con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, el máximo tribunal del país hizo lugar a la demanda presentada por el gobierno porteño y aseguró que el decreto de necesidad y urgencia que ordenó cerrar las escuelas viola la autonomía de la Capital Federal. Elena Highton de Nolasco, que ya se había manifestado en contra de la competencia originaria del tribunal en este caso, se abstuvo.

“Corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -al igual que a las provincias- la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes”, consignó el fallo firmado en forma unánime pero con distintos argumentos.

El fallo también ilustra que “el DNU cuestionado no presenta ninguna prueba o estudio para justificar la decisión adoptada con relación a un territorio que, si bien es la sede del gobierno federal, tiene en materia de salud y educación sus propias facultades autónomas, que no pueden verse avasalladas de manera arbitraria e injustificada”. Por lo tanto, consideraron los tribunos “que el decisorio nacional es inconstitucional por haber sido dictado sin necesidad”. 

Y si la intención era intervenir la jurisdicción autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, esto no puede hacerse de forma “vedada” u “oblicua” a través de un DNU, sino mediante ley del Congreso Nacional.

El Poder Ejecutivo Nacional intenta suplantar la voluntad política del gobierno autónomo porteño que, mediante el decreto local 125/GCBA/2021, había declarado de máxima esencialidad el ámbito del Ministerio de Educación y de los establecimientos educativos, a fin de preservar su normal funcionamiento con protocolos”, sostiene el fallo de la Corte.

 

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